... Visto como a través de la mediación se han logrado conciliar las posiciones de las partes, se fija el día miércoles 18 de junio de 2008 a las 9:00 a.m. a los fines de que se proceda a pagar el monto acordado en esta audiencia. Ahora bien, culminada como ha sido la controversia, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se da por terminado el presente proceso, se homologa el acuerdo aquí celebrado, el cual adquiere el efecto de Cosa Juzgada. En este mismo acto se le hace entrega a las partes de las pruebas consignadas en la Audiencia de Apertura. Se solicita a la Secretaria del Despacho expedir copias certificadas de la presente acta, tal como lo preceptúa el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo. Terminó y conformes firman.