DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoara el ciudadano JUAN GABRIEL ESTRADA GIL, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.984.070 en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA JAMED C.A SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo tipificado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.