Este Juzgado en vista de lo establecido en los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil y la facultad que tiene la apoderada judicial para desistir en el presente juicio HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO por considerarlo ajustado a derecho . Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES incoado por la ciudadana MIRIAM EMILIA VILLALTA GUTIÉRREZ contra RESTAURANT SERVICON C.A..