DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demandaque por cobro de DIFERENCIA SALARIAL incoara el ciudadano JUAN RAMON LOVERA GUARAMA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.226.714, en contra de la Sociedad Mercantil CORPORACION MAPACO C.A. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo tipificado en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajoSe ordena la publicación de la presente decisión en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominado Región Miranda.