DISPOSITIVO:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por cobro de CONCEPTOS LABORALES incoaran los ciudadanos EGLEE ISABEL LA CRUZ GARCIA, SAMIR EMILIO NASPE, PEDRO ALBERTO THOMAS Y NELSON BRICEÑO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.194.424, V-16.096.146, V-11.043.352 y V-7.664.444 respectivamente, en contra de la Sociedad Mercantil HALSECA ASESORES DE SEGURIDAD C.A, SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad a lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.