DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto (4º) de Juicio del Trabajo de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional, ejercida por el ciudadano VICTOR EDUARDO PACHECO ZAMORA, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.720.557, contra la Sociedad Mercantil PEPSI COLA VENEZUELA, C.A., SEGUNDO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional conforme al criterio jurisprudencial, pacifico y reiterado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, establecidos en las Sentencias Nros. 428 de fecha 30 de Abril de 2013, caso Alfredo Esteban Rodríguez vs Seravian C.A (Ponente Magistrado Juan José Mendoza) y 758 de fecha 27 de Octubre de 2017, caso Alfredo José Rivas, vs Cervecería Polar. (Ponen.....