DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Juicio de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con Lugar la Acción de Amparo Constitucional interpuesta el ciudadano DANNYS FRANCISCO PASTRAN RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-18.555.583, contra la PROSOL SERVICIOS C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la PROSOL SERVICIOS C.A. dar inmediato cumplimiento a lo ordenado en la Providencia Administrativa Nº 548-2011, dictada en fecha 24-10-2011 por la Inspectoria del Trabajo "JOSE RAFAEL NUÑEZ TENORIO", con sede en Guatire, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos a favor del ciudadano DANNYS FRANCISCO PASTRAN RODRIGUEZ, antes identificado, que corre inserto al expediente Administrativo Nº 030-2010-01-00757.
Advirtiéndosele que el presente Mandamiento .....