...en términos tales que: "PRIMERO: Ambos acuerdan que el padre cancelará mensualmente una suma de Bs.600,00 en efectivo e, igualmente, cancelará la mensualidad de la guardería de la niña por Bs.585,00, en su totalidad, con absoluta independencia que el empleador le reembolse o no cantidad alguna por tal concepto. SEGUNDO: Ambos acuerdan que, a los fines de la administración de dicha cantidad, las sumas sean canceladas directamente por el empleador de la manera como ahora se establece, solicitando ambos que se levante la medida de embargo decretada sobre las prestaciones sociales exclusivamente. TERCERO: El padre comparará en agosto de cada año los útiles de la niña y, además, cancelará el 50% de los uniformes. ..