... DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Impugnación de Paternidad incoado por el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- IDENTIDAD OMITIDA, en contra de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- IDENTIDAD OMITIDA y V- IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente; en beneficio del niño, IDENTIDAD OMITIDA, de nueve (09) años de edad. SEGUNDO: Se ordena asentar una nueva partida de nacimiento del niño IDENTIDAD OMITIDA, en la cual se deje constancia de lo pertinente, en el entendido que se identifique a su progenitor como IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia, el acta de nacimiento, distinguida con los siguientes datos: Año 2004, Acta Nº IDENTIDAD OMITIDA, Folio Nº IDENTIDAD OMITIDA, emanada del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carrizal del estado Bolivarian.....