En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el presente Recurso de Apelación interpuesto por el abogado MARCOS DÁMASO, INPREABOGADO Nº 32.800, en su condición de Defensor Privado, en contra de la decisión dictada en fecha treinta y uno (31) de mayo de dos mil trece (2013), por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, quien NIEGA la Formula Alternativa de cumplimiento de pena de trabajo fuera del establecimiento (destacamento de trabajo), al ciudadano JAVIER JOSÉ RODRIGUEZ CORREA, cedulado Nº V-18.365.381, Cúmplase.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la.....