Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos CARMEN MARIA GOMES DE JESUS, ALBINO ALEXANDER GOMEZ DE JESUS y HERNANI ANTONIO GOMES DE JESUS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.681.760, V-11.820.064 y V-6.842.328, respectivamente, Únicos y Universales Herederos de la causante MARÍA BEATRIZ DE JESUS de GOMES (), quien fuese venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.879.560, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese.....