Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos MARIA ANGELICA BERMUDEZ BARRIOS y YIMY RAMON RODRIGUEZ DIAZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Nos. V-10.276.435 y V-6.185.961,respectivamente,en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebradoen fecha dieciséis (16) de septiembre de 1994, por ante el Registro Civil y Electoral delMunicipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de la copia certificada del acta de matrimonio que corre inserta bajo el Nº 226,en los Libros de Registro Civil de Matrimoniosllevadospor ante el referido órgano durante el .....