Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA FALTA DE INTERES PROCESAL delos ciudadanosMAXIMILIANO TORO HERNANDEZ y MARCOLINA BUITRAGO DE TORO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.593.593 y V-9.027.371, respectivamente,en materializar su pretensión detítulo supletorio. Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.