Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA FALTA DE INTERES PROCESAL de las ciudadanas KELLY CAROLINA GRANADO MONTANO, KEYLA KARINA GRANADA MONTANO y ADRIANA VIGDALIA MONTAGNE GUTIERREZ, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.911.069, V-15.911.070 y V-17.495.391, respectivamente, en materializar su pretensión de titulo supletorio. Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo de este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.