Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a la ciudadana NEREIDA LUCINDA CRESPO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-4.843.088, ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante HECTOR RAMON ARAMBURU PEREZ, fallecido en fecha 25 de mayo de 2018, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.876.249, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese, Regístrese y déjese constancia en el diario.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del T.....