Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a las ciudadanas MIRIAM JOSEFINA PERNIA DE ESPINOZA, ELIANA CAROLINA ESPINOZA PERNIA y MARIA GABRIELA ESPINOZA PERNIA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.985.303, V-12.069.125 y V-16.554.306, respectivamente, ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del causante LEONARDO FRANCISCO ESPINOZA HERNANDEZ, fallecido en fecha 17 de febrero de 2019, quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.595.828, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solici.....