Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos LUZ GLADYS MENDOZA BUSTOS, EDGAR ANTONIO SEBASTIANI MENDOZA, ENDER YONAIQUER SEBASTIANI MENDOZA y EDGARDO YOEL SEBASTIANI MENDOZA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-14.300.285, V-19.998.844, V-27.985.634 y V-25.444.910, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante EDGAR CLARET SEBASTIANI PINZON (), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.823.775, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente.....