Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos LEVIES MARIBEL RODRIGUEZ de SANTOS, MANUEL SANTOS RODRIGUEZ, GUILLERMO DEL ROSARIO SANTOS RODRIGUEZ, EMILI ARCIOLINA SANTOS RODRIGUEZ y MARIBEL ANDREA SANTOS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.675.613, V-16.923.709, V-17.980.127, V-20.115.452, y V-24.462.012, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante MANUEL SANTOS GOUVEIA (), quien fuese extranjero, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.188.386, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de .....