Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos JOSÉ ARTURO FERNANDEZ DE FREITES y MALVIN DEL SOCORRO QUEVEDO CONDE, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-8.679.016 y V-13.232.886, respectivamente en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 06 de diciembre de 2002, según consta de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 287, correspondiente al Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho organismo durante el año 2002, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civ.....