que desde el día 27 de Marzo del año 2015, fecha en que se le dio entrada en el Libro de Causas quedando anotada bajo el Nº 2359/2015, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la parte actora haya consignado los documentos fundamentales para que este Juzgado se pronunciase sobre la admisibilidad, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente causa y ordena el archivo del expediente.