este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JOSÉ RODRIGO RODRÍGUEZ MUJICA, titular de la cédula de identidad Nº 6.873.924, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terreno Municipal, ubicado en la Calle Principal Camatagua, Sector Los Lagos, casa Nº 48-B, Parroquia Los Teques, Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda