este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos DANIEL ALFONSO CONTRERAS GOITIA y SHARON JOSEFINA CONTRERAS GOITIA, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 24.315.267 y 18.538.769, en su orden, con el carácter de causahabientes, siendo hijos de la causante, ciudadana BELKYS MARGARITA GOITIA LOYO, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.359.129, y falleció en fecha catorce (14) de febrero de dos mil diecisiete (2017)