Por los fundamentos expuestos, este administrador de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara aprobado y homologado el desistimiento de la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, presentado en fecha 1° de octubre de 2017, suscrito por los ciudadanos JENY PATRICIA PEREIRA y DAVID ALEXANDER SILVA GOODFELLOW ampliamente identificados, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento.