este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Los Salias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de Titulo Supletorio interpuesta por la ciudadana VIRGINIA MERIG LUGO de PATTI, actuando en nombre y representación de los ciudadanos PIETRO ANTONINO PATTI LUGO y GIANCARLO PATTI LUGO, por carecer de la capacidad formal a que se refrieren los artículos criterios jurisprudenciales, analizados anteriormente.