Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ISABEL GLADYS DE MATA DE GOUVEIA y ARMANDO IVO DE FREITAS DE SOUSA, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.184.676 y V-10.279.609, respectivamente, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los une, el cual contrajeron en fecha veinte (20) de octubre de mil novecientos noventa y cinco (1995), ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de acta de matrimonio Nº 174, inserta al folio Nº 174, Tomo I de los Libros de Registro Civil de Matrimonio llevados por dicha oficina registral