este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE FILIACION, interpuesta por los ciudadanos VICENTE BRUNO GIORDANO VERGARA y CARMEN JOSEFINA GIORDANO VERGARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.957.323 y V- 6.979.904, respectivamente.-
SEGUNDO: Que los ciudadanos VICENTE BRUNO GIORDANO VERGARA y CARMEN JOSEFINA GIORDANO VERGARA, anteriormente identificados, fueron reconocidos formalmente por su padre GIUSSEPPE GIORDANO COSTITUZIONE.-
Déjese copia certificada de la presente decisión, para darle cumplimiento a lo establecido en el artículo.....