III
DISPOSITIVA
Con fundamento a los hechos narrados, el derecho invocado, así como en la sentencia N° 136 del 30 de marzo de 2017 emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia y el artículo 185 del Código Civil, con la fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano TULIO ENRIQUE ASCHIERI MARCANO, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédulas de Identidad Nº V- 10.798.687, asistido en este acto por la profesional del derecho EGLYS COROMOTO FERNANDEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, t.....