este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos RAYMOND JOSE WERTER RIVAS Y SAYURI ALEJANDRA BERNAL CAICEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-17.255.358 y 12.683.472, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha veinte (20) de junio de 2014, ante la Primera Autoridad del Registro Civil de la Parroquia Urimare, Municipio Vargas, Estado Vargas hoy Estado La Guaira, según consta de Acta Nro. 070, del Libro de Matrimonios llevado por ese Despacho durante el año 2014.