Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTÓBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE CÚA administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley. Declara PRIMERO: PROCEDENTE, la presente solicitud de DIVORCIO realizada por la ciudadana: LILIBETH FAIRA GIL, venezolana, mayor de edad y titulare de la cedula de identidad Nro V-14.020.617, fundamentado en el supuesto del desafecto o desamor establecido en la sentencia No. 1070, de fecha 9 de diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos: LILIBETH FAIRA GIL GODOY y RAFAEL JESUS GARCIA MEJIAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros V-14.020.617 y V-6.721.129 respectivamente, en fecha .....