...De conformidad con lo establecido en el artículo 93 tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se califica la flagrancia del hecho y de la aprehensión practicada al ciudadano BASTARDO MARQUEZ LUIS ARMANDO, titular de la cédula de identidad V-12.071.747, por la presunta comisión del delito de violencia psicológica, previsto y sancionado en el articulo 39 ibidem, en agravio de la ciudadana Hernández Milena, titular de la cédula de identidad personal número V-10.820.974, quedando, en consecuencia, calificada la flagrancia del hecho in comento y legitimada, por tanto, la aprehensión que se hiciera del ciudadano BASTARDO MARQUEZ LUIS ARMANDO, de conformidad con la norma constitucional del artículo 44 numeral 1. SEGUNDO: En lo que respecta a la solicitud planteada por la representante del Ministerio Público, en cuanto a la aplicación del procedimiento especial, previsto en el cuerpo normativo de la novísima Ley Orgánica sobre el Derecho.....