Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano JAIMES MERCELO ADAMES PIÑERO, de nacionalidad venezolano, natural de los Teques, Estado Miranda, de 45 años de edad, profesión Contador, casado,, residenciado, en el Barrio José Manuel Alvarez, casa nª 2, Carrizal, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad Nº.- 4.054.599, por la presunta comisión de un delito previsto y sancionado en el artículo 377 en su primer aparte del Código Penal, en agravio de la ciudadana JESICKA YURIMA FLORES MEDIAVILLA, de nacionalidad venezolana, natural de los Teques estado Miranda, profesión oficinista y estudiante, soltera, residenciada en la parte baja del barrio el Nacional, primera calle casa S/N.....