...ÚNICO: De conformidad con lo establecido en los artículos 26, 30, 46 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con los artículos 23, 118, 119 numeral 1, y 120, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia, asimismo, con los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 19, 21, numeral 9, 28, 30, 31, 34 y 42 de la Ley de Protección de Víctimas, Testigos y demás Sujetos Procesales, se decreta medida de protección a favor, o en beneficio, del ciudadano JUAN CARLOS MENDOZA RAMOS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad personal número V-17.194.987, de 22 años de edad, de estado civil soltero, Técnico Medio en Administración Financiera, y domiciliado en el sector La Matica Arriba, calle Fermín Toro, casa número 66, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda, correspondiendo acatar la medida de protección concedida a favor del precitado, a la persona del ciudadano EDUARDO ISRAEL PALOMINO SÁNCHEZ, consistiendo tal mecanismo de segurida.....