...De conformidad con lo establecido en el artículo 93 tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se califica la flagrancia del hecho y de la aprehensión practicada al ciudadano EDGAR DE JESUS COLINA SANTIAGO, titular de la cédula de identidad V-6.877.948, por la presunta comisión de los delitos de violencia física; previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento, en agravio de la ciudadana COLINA YULEIDY YURANICE titular de la cédula de identidad personal número V-18.928.849, en consecuencia, calificada la flagrancia del hecho in comento y legitimada, por tanto, la aprehensión que se hiciera del ciudadano EDGAR DE JESUS COLINA SANTIAGO, de conformidad con la norma constitucional del artículo 44 numeral 1. SEGUNDO: En lo que respecta a la solicitud planteada por la representante del Ministerio Público, en cuanto a la aplicación del procedimiento especial, previsto en el cuerpo normativo de la novísima Ley Orgánica sobre el Der.....