Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA SUSPENDER LA CONTINUACIÓN DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la presente causa seguida en contra del acusado TORRES PARRA PEDRO PABLO, de 24 años de edad, nacido en fecha 04-05-79, en la ciudad de Caracas Distrito Capital, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio Obrero, residenciado en Barrio El Nacional, Sector Las Casitas, casa sin número Los Teques, Estado Miranda. Titular de la Cédula de Identidad Nro. V-15.316.528, por ser presunto autor del delito de: ROBO IMPROPIO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana REY TIBISAY, para el día Jueves ocho (08) de Julio de 2004, a las nueve y media horas de la mañana horas (09:30 a.m), de conformidad .....