...Se establece que el ciudadano ESCOBAR MARQUEZ ENDER ENRIQUE, portador de la cédula de identidad Nº V- 17.532.532,, penado en la presente causa, finaliza la pena principal en fecha 20/06/2016.
SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, como son: INHABILITACIÓN POLÍTICA: Durante el tiempo de la condena, es decir, DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, la cual cumplirá el 20-06-2016. LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual fue condenado el ciudadano ESCOBAR MARQUEZ ENDER ENRIQUE, portador de la cédula de identidad Nº V- 17.532.532, fue sentenciado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, resulta absolutamente injusta e inoficiosa, tomando en consideración que someter al penado a la vigilancia que implica la accesoria, atenta contra su dignidad a ser subordinado a do.....