PRIMERO: Declara con lugar el pedimento formulado por el ciudadano APONTE VILLEGAS WILLIAN BENJAMIN, titular de la cédula de identidad Nro. 6.508.123, relativo a su exclusión de pantalla, en virtud de la sentencia absolutoria dictada por el extinto Tribunal Primero Accidental de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda en fecha 20/05/1.999; en consecuencia se ORDENA RATIFICAR el OFICIO Nro. 1384 del 16/06/2.000 dirigido al Jefe del Servicio de Información Policial de la Dirección Nacional de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas (S.I.P.O.L.), para lo cual se le insta al cumplimiento inmediato de lo ordenado por esta Juzgadora, con la obligación de acusar recibo de su inmediata ejecución. SEGUNDO: Se Ordena librar oficio a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y Justicia, (ONIDEX) para que sea levantada la medida de prohibición de salida del pa.....