UNICO: Ordena ratificar las comunicaciones dirigidas al Departamento de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de dar cumplimiento a la pena impuesta al ciudadano FREDDY JOSE ALVAREZ GUZMAN, Venezolano, quien presenta como última dirección: tercera escalera de la calle Ramón Vicente Tovar, casa s/n Cabotaje Los Teques, Estado Miranda, titular de la cédula de identidad N° 6.455.838, de conformidad con lo establecido en el articulo 367 en concordancia con el 512 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, librese el oficio correspondiente.