...El ciudadano RICHARD JOSUE CORONIL ARMAS podrá optar a la Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio, desde el momento en que comenzó a cumplir la condena, a saber, 6-1-2006, tal y como lo precisa el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal: "A los fines de la redención de que trata la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, el tiempo redimido se computará a partir del momento en que el penado comenzare a cumplir la condena que le hubiere sido impuesta".
A los fines de la redención de la pena por el trabajo y/o estudio, deben cumplirse los requisitos señalados en la ley especial de la materia y en el artículo 508 del Código Orgánico Procesal Penal, norma ésta que dice:
"Artículo 508. Redención Efectiva. Sólo podrán ser considerados a los efectos de la redención de la pena de que trata la Ley, el trabajo y el estudio, conjunta o alternativamente, realizados dentro del centro de reclusión.
El trabajo necesario para la redención de la pen.....