...DELITO: Ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, sancionado en el artículo 31, segundo aparte, de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y Ocultamiento de arma de fuego, previsto en el artículo 277 del Código Penal.
PENA IMPUESTA: ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN Y PENAS ACCESORIAS contempladas en el artículo 16 del Código Penal.
Definitivamente firme como quedó la sentencia publicada en fecha 31 de Enero de 2008, por el Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, que condenó al ciudadano JUAN FRANCISCO OLMOS URDANETA, portador de la cédula de identidad nro. V- 5.349.562, a cumplir la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRISIÓN Y PENAS ACCESORIAS CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO PENAL, por ser autor responsable de la comisión de los delitos de Ocultamiento de sustancias estupefacientes y psic.....