Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que el penado ULISES RAFAEL BRACHO PARRA, titular de la cédula de identidad N° V-11.040.550, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES y UN (01) DIA DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que al mencionado ciudadano le falta por cumplir de la pena impuesta un total de DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES y CATORCE (14) DIAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 20/11/2008. TERCERO: Por cuanto el penado ut supra identificado, fue condenado a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 20/11/2008; LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual cumplirá el 01/02/2010 a las 06:00 am; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cual cumplirá e.....