Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que la penada MARGOT DEL ROSARIO CABALLERO MORALES, titular de la cédula de identidad N° E-81.737.701, ha cumplido de la pena impuesta por el suprimido Juzgado Superior Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; un total de TRES (03) AÑOS y DIECINUEVE (19) DÍAS DE PRISIÓN. SEGUNDO: Se establece que a la mencionada ciudadana le falta por cumplir de la pena impuesta un total de SEIS (06) AÑOS, ONCE (11) MESES y ONCE (11) DÍAS DE PRISIÓN; razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 19/04/2013. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Código Penal, se estable que las penas accesorias de: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 19/04/2013; y LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cumplirá el 19/04/2015. CUARTO: Se establece que la penada No podrá optar por el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena; toda vez que la pena impuesta excede de ci.....