Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que la penada YHAJAIRA ELENA GONZÁLEZ CORREA, titular de la cédula de identidad N° V-16.368.980, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de DOS (02) AÑOS, DIEZ (10) MESES y ONCE (11) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que a la mencionada ciudadana le falta por cumplir de la pena impuesta un total de UN (01) AÑO, UN (01) MES y NUEVE (09) DÍAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 18/02/2007. TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Código Penal, se estable que las penas accesorias de: INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 18/02/2007; y LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cumplirá el 06/12/2007. CUARTO: Se establece que en el caso de marras la ejecución de la pena debe estar sujeta a la normativa contenid.....