Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se establece que la penada DORANTE JARAMILLO WENDI, titular de la cédula de identidad N° V-15.023.437, ha cumplido de la pena impuesta por el Juzgado de primera instancia en función de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques; un total de ONCE (11) MESES y VEINTIÚN (21) DIAS DE PRESIDIO. SEGUNDO: Se establece que a la mencionada ciudadana le falta por cumplir de la pena impuesta un total de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES y NUEVE (09) DÍAS DE PRESIDIO, razón por la cual, la pena principal finaliza en fecha: 04/11/2008. TERCERO: Por cuanto la penada ut supra identificada, fue condenada a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 13 del Código Penal, se estable que: LA INHABILITACIÓN POLÍTICA, la cumplirá en fecha 04/11/2008; LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD, la cual cumplirá el 19/12/2009; y LA INTERDICCIÓN CIVIL, la cual cumplirá el 04/11/2008. CUARTO: Se es.....