ACUERDA PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud de imponerle a los adolescentes SE OMITE IDENTIFICACION ampliamente identificados al comienzo de este acto, las Medidas Cautelares prevista en el artículo 582 literales ¿ g, c y d¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes: la Primera en la presentación (por cada adolescente) de dos (02) fiadores, que separadamente devenguen el equivalente a treinta (30) Unidades Tributarias, igualmente los fiadores deberán reunir por separado los siguientes requisitos 1.- Constancia de Residencia expedida por la correspondientes Prefectura Civil, Junta Parroquial o Asociación de Vecinos, con clara especificación de la dirección de la misma, 2.- Constancia de Buena Conducta, expedida por la correspondiente Prefectura Civil de la localidad donde reside. 3.- Constancia de Trabajo, con especificación de dirección de ubicación, cargo que ocupa, número telefónico y sueldo. Una vez verificados estos se procederá a la.....