...PRIMERO. CONDENA de conformidad con lo previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en primer lugar al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- IDENTIDAD OMITIDA, de 20 años de edad, sin profesión u oficio, llegó hasta 6to grado de educación primaria, domiciliado en IDENTIDAD OMITIDA por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el Artículo 458 del Código Penal, en relación al Artículo 83 ejusdem; a cumplir la sanción de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE SANCIÓN PRIVATIVA DE LIBERTAD por el 628 y 620 literal F" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cuya condena la cumplirá en el Internado Judicial de Los Teques, y será el Tribunal de Ejecución correspondiente quien se encargará de vigilar el cumplimiento de dicha condena, se ordena en consecuencia su reingreso al referido centro penitenciario; y CONDENA A IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, titular d.....