...acuerda: SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de la cual fue objeto el joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, en su oportunidad, y en su lugar les impone la medidas de:, REGLAS DE CONDUCTA , previstas en los literal ,b ", del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 624 , de la antes señalada Ley, por el lapso de cuatro(04) meses y tres (03) días tiempo que le faltaba para cumplir la medida de privación de libertad, consistentes en: 1- Incorporarse al área educativa y culminar su Bachillerato y/o realizar cursos de capacitación laboral debiendo consignar constancia de inscripción en un lapso de un (01) mes. 2.- No reunirse ni hacerse acompañar de personas de dudosa reputación. 3.- No participar en ningún hecho delictivo. 4.- No portar armas de fuego ni armas blancas Ni hacerse acompañar por personas que las porten. 5.- Presentarse cada 30 días, hasta el 24/06/2008, lapso que le falta por cumplir la sanci.....