DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano POR IDENTIFICAR, por la comisión de uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (PERSONA DESAPARECIDA), conforme lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el articulo 49 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela