En virtud a todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Nª 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO, por un lapso de UN (01) AÑO, seguido al ciudadano ROJAS VIVAS GERARDO ANTONIO, de nacionalidad venezolano, natural de Maracay, de estado civil soltero, de profesión u oficio constructor, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro.14.691.499, hijo de María gregoriana Vivas (v) y Juan Rojas Conrado García (V), domiciliado en: Calle arenal, Campo Alegre, Las vegas, casa Nro.11, color amarilla, a dos (2) cuadras de la fabrica "La metalúrgica" Maracay, Estado Aragua telf.: 0243-7723890, cel. (0414) 314-34-17 y (0412) 431-67-01, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTESY PSICOTROPICA, previsto y sancionado en el artículo 34.....