NIEGA la revisión de la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, por una medida de Coerción personal menos gravosa solicitada por las defensoras de la acusada Stefani Lay Theran Soto, titular de la cédula de identidad N° V.- 22.018.443, por no haber cambiado hasta este momento procesal, las circunstancias que motivaron dicho decreto en la fase preparatoria del presente proceso penal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236 numerales 1º, 2º, 3º, con relación a los artículos 237 numerales 2º, 3º y párrafo primero; y 238 numeral 2º, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, se ordena Oficiar al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Guarenas, a los fines que se sirva realizar a la brevedad posible, todos los tramites necesarios para el ingreso de la misma en el Instituto de Orientación Femenina (INOF), sitio de reclusión que le fuera acordado por el Tribunal de Control al momento de la audiencia de pre.....