D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy de conformidad con la estipulación contenida en el artículo 254 del Código Orgánico Procesal Penal por la presente decisión MOTIVA la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra de los imputados: CARMEN LUISA REYES, de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare del Tuy, Estado Miranda, de 50 años de edad, de estado civil divorciada, de profesión u oficio del hogar, residenciada en la Ciudad Lozada Final calle 9, Sector Gauicaipuro, casa N° 93, Santa Teresa del Tuy, hija de Andrés Monagas (f) y Incolaza Reyes (v), identificada con la cédula de identidad número 4.974.791. y GARY FRANCISCO GUZMAN RIOS, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, natural de Santa Teresa Estado Miranda, de 21 años de edad.....